| Número de cilindros | 6 |
| El desplazamiento | 7.79 L |
| Relación de compresión | 17.5:1 |
| El aburrimiento × el golpe | Cubierto con una cubierta de agua |
| Método de ingesta | el turbocargador |
| Método de enfriamiento | Con un contenido de aluminio superior o igual a 10 kW |
| Sistema de combustible | Inyección de combustible a alta presión |
| Potencia nominal | 128 ‰ 212 kW |
| Velocidad nominal | El valor de las emisiones de CO2 es el siguiente: |
| Peso | Aproximadamente 623 ‰ 960 kg. |
• las condiciones de trabajoAlta salida de par: el diseño de gran desplazamiento de 7,8 L proporciona una potencia estable y fuerte incluso a bajas velocidades.
• las condiciones de trabajoAlta eficiencia del combustible: el sistema de combustible de tren común de alta presión mejora la eficiencia de combustión y reduce el consumo de combustible.
• las condiciones de trabajoEstructura duradera y fiable: Bloque de cilindro reforzado y diseño del cigüeñal adecuado para entornos de funcionamiento de alta carga a largo plazo.
• las condiciones de trabajoFácil mantenimiento: estructura madura, abundante suministro de repuestos y bajos costos de mantenimiento.
• las condiciones de trabajoAmplias aplicaciones: Ampliamente utilizado en excavadoras, maquinaria de construcción y equipos pesados.
También proporcionamos otras piezas de excavadoras relacionadas.
| Las medidas previstas en el presente Reglamento se aplicarán en el caso de los vehículos de las categorías M1, M2, M3, M4, M4, M4, M5, M5, M6, M6, M6, M6, M6, M7, M8, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M9, M |
| El uso de las sustancias enumeradas en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 1924/2006 debe ser objeto de una evaluación de la conformidad con el artículo 5 del Reglamento (CE) n.o 1924/2006.,El número de unidades de producción será el mismo que el número de unidades de producción. |
| Se recomienda que el número de unidades de producción sea igual o superior al número de unidades de producción de las demás unidades de producción. |
| Se recomienda que el número de unidades de producción sea igual o superior al número de unidades de producción de las demás unidades de producción. |
| 320, 320D, 320E, 325, 325D, 330, 330D, 336, 336D, 345, 349, 350, 350D, 352, 352F, 360, 360D, 365, 370, 375, 390, 395, 397, 398, 399, 400, 425, 450, 470, 500, 525, 550, 600, 601, 615, 620, 635, 650, 657, 660, 675, 700, 730, 750, 800, 825, 850, 900, 950, 980, 988, 992, 996 |
| El número de unidades de producción de las que se trate se calculará en función de la cantidad total de residuos de los que se trate. |
| El valor de las emisiones de gases de efecto invernadero a partir de los que se produzcan los cambios en el nivel de emisión de gases de efecto invernadero es el valor de las emisiones de gases de efecto invernadero a partir de los cambios en el nivel de emisión de gases de efecto invernadero. |
| El valor de las emisiones de CO2 de las emisiones de gases de efecto invernadero se calculará en función de las emisiones de gases de efecto invernadero de las emisiones de gases de efecto invernadero. |
| Se aplicará el método de cálculo de las emisiones de gases de efecto invernadero en el caso de las emisiones de gases de efecto invernadero. |
Presentación del producto
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